Se dice que la autocensura se fundamenta en que la persona no
exterioriza su verdadera opinión por temor a las consecuencias, se entiende
pues, que no es más que cuando un sujeto no expresa libremente sus ideas o
pensamientos por miedo a las represalias o
efectos que de ellas puedan derivarse, lo que trae como consecuencia que no
puedan exteriorizarse los verdaderos
criterios sobre un tema en concreto.
En efecto la
autocensura puede llevarse a cabo tanto por sujetos individuales como por los
medios de comunicación, cuando no se permite a los profesionales del periodismo
o comunicación social expresar con objetividad un hecho en concreto limitándose
la noticia, esto trae como consecuencia que el derecho a la información de los
usuarios sea vulnerado al no comunicar efectivamente los hechos.
Es importante señalar,
que la autocensura se aplica en todo el mundo Países del Medio Oriente y África
del Norte por ejemplo los emplean como medios de control de la información solo
llega a los usuarios lo que el gobierno aprueba que sea de conocimiento público
mediantes leyes, no solo en países
alejados del continente americano se dan estas acciones se tiene también el
caso de Venezuela quien con la actual Ley de Responsabilidad Social en Radio,
Televisión y Medios Electrónicos publicada en el año 2011 ha prohibido la
publicación de ciertos contenidos por atentar contra el bienestar de los niños,
niñas y adolescentes así como con la integridad de la sociedad.
Actualmente, en el país
se han visto una gran cantidad de medidas que han obligado a los medios de
comunicación social a regular de forma interna los contenidos transmitidos por
las presiones ejercidas por los órganos del Ejecutivo Nacional, tal es el caso
del programa Chataing TV o los eventos noticiosos ocurridos en el mes de
diciembre con las llamadas guarimbas que solo fueron televisadas por canales extranjeros,
es por ello que se diseñan como objetivos en la investigación: analizar la
autocensura de los medios de comunicación por la aplicación de la Ley de
Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, verificar
los efectos que trae la autocensura de los medios de comunicación, estudiar la
vulnerabilidad de los derechos a la información y libre expresión partiendo de
la autocensura.
Ley de
Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos arma de doble
filo
En Venezuela desde el
año 2011 entro en vigencia la Ley de Responsabilidad Social en Radio,
Televisión y Medios Electrónicos que tiene como finalidad regular la
responsabilidad social de los medios y prestadores de servicio, ante la
difusión y recepción de mensajes, para fomentar el equilibrio democrático de
sus deberes, justicia social, derechos humano, ente otros, es por ello que el
artículo 28 de dicha norma establece una serie de prohibiciones como lo son:
1. Inciten o
promuevan el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por
diferencia de género, por racismo o xenofobia.
2. Inciten o
promuevan y/o hagan apología al delito.
3. Constituyan
propaganda de Guerra
4. Fomenten
zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público.
5. Desconozcan a
las autoridades legítimamente constituidas.
6. Induzcan al
homicidio.
7. Inciten o
promuevan el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
Es decir, se prohíbe en el territorio nacional cualquier
difusión que contenga o se considere que pueda contener promoción del odio,
intolerancia, violencia, incumplimiento de las leyes, delitos, propagandas de
guerra, etc, esa directriz es obligatoria para todo medio de comunicación
televisivo, radial, impreso, hasta los proveedores de medios electrónicos, por
esa razón son ellos mismos que deben implementar mecanismos para evitar se
propaguen este tipo de informaciones.
Se sobrentiende que, de forma subliminal se
les solicita a los medios que apliquen autocensura para evitar la promoción de
los contenidos prohibidos por la norma legal, porque de lo contrario le es
aplicable una sanción ya regulada que puede variar dependiendo de la gravedad
del asunto, puede ir desde multas calculadas en unidades tributarias hasta lo
más grave como es el cierre definitivo, por lo que se deriva que la Ley de
Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (ob cit) en
cierta forma promueve la autocensura hacia los medios de comunicación o
profesionales que prestan allí sus servicios, mientras que la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones (2000) queda ajena todo esto, dejando sin auxilio a los
profesionales del periodismo.
A ello se le suman las medidas aplicadas desde la Comisión Nacional de Telecomunicaciones
(Conatel), la Asamblea Nacional y el Ejecutivo, que tiene acorralados a con
medidas disciplinarias a las empresas informativas y sus prestadores de
servicios, con todo este aparataje lo que se logra es mermar su función primordial como es brindar información veraz y oportuna. En
efecto, el Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela (Ipys 2014) en una reciente
investigación revela que son frecuentes las órdenes expresas de los órganos
estadales de retirar cierto contenido del aire o de circulación, por lo tanto
han sido los propios medios como empresa que muchas veces estudian que
contenido saldrá o no a la luz.
En
atención, a las regulaciones muchas veces los periodistas optan por no informar
ciertas situaciones que no se apegan al contenido aprobado por la legislación y
la Conatel, autocensurándose para no acarrear consecuencias a sus empleadores o
terceros afectados, en otras oportunidades son los mismos patronos quienes
ordenan la edición de ciertas informaciones promoviendo la autocensura dentro
de las entidades.
Es importante, los porcentajes revelados por el Instituto
Prensa y Sociedad de Venezuela (ob cit) realizado
en septiembre de este año 2014, los cuales se consiguieron mediante un estudio
de campo aplicado a 225 profesionales de la comunicación, en él se establece:
los propios periodistas aceptan que existe un grado
importante de autocensura, el 29% de los encuestados considera que se han
inhibido de desarrollar un contenido periodístico porque de todas maneras la
empresa comunicacional para la que laboran no lo iba a difundir. 43% de
los entrevistados asegura que ha recibido órdenes expresas que prohíben la
cobertura de temas puntuales porque no se ajustan a las líneas editoriales de
los medios en los que trabajan. 39% se queja porque les han obligado a cambiar
la redacción de sus textos para no incomodar a personas o instituciones del
poder político local. 35% de los consultados se le ha prohibido expresamente
cubrir y/o publicar una información sobre un hecho noticioso, y también se les
ha negado la posibilidad de cubrir un tema en particular. A 34% se le ha dicho
que no puede nombrar a una fuente determinada en una información que vaya a ser
publicada. Por las presiones que se han ejercido sobre la cobertura
periodística, 17% de los participantes manifiesta que, luego de incidentes de
este tipo, fueron cambiados de fuente de información (s/n).
Así pues, los mayores porcentajes arrojados están
representados por la autocensura inducida por el propio profesional o la incitada
por los directores del medio informativo, muchos expertos aseguran que esta
cadena de acontecimientos, regulaciones rígidas y persecución de medios o
profesionales viene desde el año 2002 cuando se produjo el golpe de estado
contra Hugo Chávez para aquel entonces Presidente de la Republica, época en que
todos los canales, periódicos y emisoras dieron gran cobertura al evento
noticiosos, como consecuencia de ello al terminar la situación no se fue
renovada la concesión a RCTV por lo que cerró sus puertas y el Estado tomo
posesión de sus equipos.
En el mismo orden, en hechos más recientes donde se aprecia
de forma inequívoca la autocensura del los medios y sus profesionales fueron
los acaecidos durante el mes de febrero del presente año cuando se produjeron
una serie de protestas llamadas “guarimbas” en contra el gobierno de Nicolás
Maduro, las cuales los canales nacionales no transmitieron de forma veraz y
oportuna por miedo de acarrear sanciones.
Antes y después a esos incidentes se ha producido una serie
de despidos, compras de periódicos, cierres de programas como ocurrió con el de
Luis Chataig trasmitido por Televen que por exigencias gubernamentales y
presiones a la empresa debió salir del aire por continuas opiniones contra el
gobierno, asi por nombrar algunos casos, hechos que ocasionan mayor
incertidumbre en la población dando como resultado la pérdida de credibilidad en
las fuentes informativas.
Sin
duda, parece irónico que en una sociedad democrática tengan lugar acciones como
las estudiadas y que sea entendido con normalidad, porque en una nación liberal
el fenómeno de la autocensura debe simbolizar un indicio grave que tiene que
atenderse porque es una señal de descomunales controles y continúas órdenes de
silencio. Se puede aseverar, que es el nivel más evolucionado en que opera la censura
debido que la inhibición se vuelve costumbre, y se va desvaneciendo el rol del
periodista como voz de la denuncia y actor que investiga, por naturaleza, al
poder.
Derecho a la
Información y Libre Expresión
Según la Corte Interamericana de los Derechos Humanos
las libertades de expresión y de información, son derechos inviolables de
toda persona, esenciales para su propio desarrollo y para el ejercicio de todos
los demás derechos en sociedades libres y democráticas, en ese sentido la Constitución de la Republica Bolivariana de
Venezuela (1999) consagra su protección en los artículos 57 y 58:
Artículo 57. Toda persona tiene
derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva
voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso
para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda
establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena
responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la
propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la
intolerancia religiosa.
Se prohíbe la censura a los
funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos
bajo sus responsabilidades.
Artículo 58. La
comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que
indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e
imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así
como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por
informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen
derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.
Es evidente, que según
la carta magna la libre expresión es un derecho de todo ser humano que debe ser
disfrutado a plenitud, solo con las limitaciones de la responsabilidad que se
acarreare por lo dicho, sobre la comunicación se sostiene que debe ser libre y plural, todos los sujetos den estar informados de
los acontecimientos al momento en que ocurren, ambos se consideran que forman
parte de los derechos humanos fundamentales.
En contrapeso, a ese criterio la actualidad venezolana es
un aspecto muy controversial porque diversos actores tanto de la opinión
pública como de la sociedad en general aseguran que se esta ultrajando la
constitución al establecer una especie de censura contra el libre intercambio
de información, por el nacimiento de leyes que regulan los contenidos que
pueden ser publicados, los que no se apeguen a ello no saldrán.
Cabe agregar, que el derecho a informar es posterior
al de expresar ideas, hechos y opiniones, es decir, sin posibilidad de emitir
información, se anula el derecho del individuo a enfrentar una postura ante
ciertos hechos que le interesa conocer. Por ello, la libertad de expresión es
participe y complemento de otros derechos igualmente importantes, tales como el
derecho a manifestar pacíficamente, a la educación, a la libertad religiosa,
entre otros.
Con referencia a lo anterior, miembros del Colegio
Nacional de Periodistas, llegaron este año a un consenso en el cual explican
que en Venezuela existe un riesgo grave a la libertad de expresión, libertad de
prensa, y el ejercicio de dicha profesión, por las constantes amenazas del Ejecutivo
Nacional, así como los maltratos, vejaciones, procedimientos y sanciones que
sufren tanto periodistas como los medios comunicacionales, han sido reiteradas
las oportunidades en que solicitan les sea respetados sus derechos.
Debido que, son reiteradas las oportunidades en que
públicamente el propio mandatario nacional Nicolás Maduro los ha desacreditado
como por ejemplo cuando se notificaron de las muertes en el Hospital de
Maracay, muchas otras veces cuando han pronunciado problemas presentes en la
sociedad que son responsabilidad del gobierno se les califica con un sin número
de improperios. Otro caso fue se observa con las guarimbras que se
protagonizaron este año donde por lo tanto en febrero fue el mes con
mayor registro de violaciones en lo que va de 2014, con 66 casos;
mientras que en el mes de marzo hubo 41 incidentes, 27 en abril, 35 en mayo y
17 en junio.
Lcda. Andreina Millán

No hay comentarios:
Publicar un comentario